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Guía · CEINSA Yumbo

¿Un técnico laboral es válido en Colombia?

Actualizado el · Equipo académico de CEINSA (Centro Integral del Saber)

Sí, siempre que lo expida una institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano con licencia de funcionamiento y que el programa tenga registro vigente ante la secretaría de educación. Solo así la institución puede entregar el certificado de técnico laboral por competencias.

Qué hace válido un técnico laboral

Se necesitan dos autorizaciones: la licencia de funcionamiento de la institución y el registro del programa. Ambas las otorga la secretaría de educación de la entidad territorial certificada. El Decreto 1075 de 2015 establece que la institución solo puede expedir certificados de aptitud ocupacional a quien culmina un programa registrado.

Para qué sirve el certificado

  • Empleo público: la Ley 1064 de 2006 (artículo 5) reconoce los certificados de aptitud ocupacional de instituciones acreditadas como requisito idóneo de formación para empleos públicos de nivel técnico.
  • Continuar estudiando: según el artículo 7 de esa ley, los programas de instituciones debidamente certificadas pueden ser reconocidos por instituciones de educación superior para la formación por ciclos propedéuticos. Cada universidad o institución decide qué reconoce.
  • Trabajar o emprender: el certificado acredita las competencias del programa ante empleadores y clientes.

Registro no es lo mismo que certificación de calidad

El registro autoriza a ofrecer el programa. La certificación de calidad es un proceso adicional y voluntario, y algunos beneficios de la ley la exigen («instituciones acreditadas» o «certificadas»). Si un beneficio específico te interesa, pregunta a la institución si tiene esa certificación.

El caso de CEINSA

CEINSA (Centro Integral del Saber) funciona con licencia de la Secretaría de Educación Municipal de Yumbo, Resolución 0381 de 2021, y tiene el código institucional SIET 9813. El número de resolución y la fecha de cada programa están en la página de información legal.

Fuentes

  1. Ley 1064 de 2006, artículos 5 y 7
  2. Decreto 1075 de 2015, artículo 2.6.4.3

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de la entidad competente. Verifica siempre las condiciones vigentes.

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